Las relaciones de cualquier empresa o autónomo con hacienda son algo constante. En muchos momentos hacienda necesita notificarnos información bien porque tenga relación con algún procedimiento que hemos iniciado, bien porque quiere requerirnos que presentemos alguna documentación.
Para esta finalidad se utiliza el servicio de notificaciones 060. Se trata de un servicio que hacienda pone a disposición de las empresas y personas mediante el cual los usuarios tanto personas físicas como jurídicas pueden recibir las notificaciones administrativas por vía telemática.
Como funciona el envío de notificaciones hacienda
Hacienda cuenta con un servicio en Internet que ha sido diseñado para ofrecer notificaciones y comunicación administrativas en una dirección electrónica que ha sido habilitada para ello.
Es un servicio que tienes que activar si lo deseas, es decir tienes que comunicar a hacienda que quieres recibir por vía electrónica las notificaciones de forma que dejarán de llegarte en papel.
Como titular de un buzón electrónico hacienda te hará llegar a ese buzón todas las notificaciones 060 de aquellos procedimientos administrativos en los que hayas solicitado suscribirte. Se trata de un servicio muy seguro y en el que recibirás notificaciones de los servicios que voluntariamente hayas decidido. Los servicios a los que puedes suscribirte en la actualidad son dos: la gestión de devoluciones de IVA a no residentes y el procedimiento de notificaciones de actuaciones y procedimientos de la AEAT.
Un aspecto muy importante que tienes que tener en cuenta es que una vez que has entrado en el sistema de notificaciones 060 hacienda te remitirá todas las notificaciones por esta vía y tendrás que consultarla regularmente o facilitar una dirección de email donde puedan avisarte cuando te llegue una notificación nueva.
En caso de recibir una notificación siempre te llegará a ese correo electrónico y el plazo en el que se considera que te han comunicado la notificación empezará a contar desde el momento en que accedas a ella. En caso de que no accedas, se considerará como plazo 10 días naturales desde el momento en el que se te ha notificado.
Debes tener en cuenta que si pasan los 10 días desde que te la han enviado y no has accedido habrá pasado el plazo para atender la petición. Una vez pasado ese plazo no tendrás nuevamente acceso a la información de la notificación.
Un aspecto importante es que si vas a irte de vacaciones es recomendable que informes a hacienda de que estarás fuera para que no te envíen notificaciones. El plazo máximo de días que puedes notificar esta situación es de 30 días al año.
Si no se responde en tiempo las notificaciones hacienda las consecuencias son las mismas que si no se responde a una notificación en papel.
Como puedes comprobar los sistemas de notificación electrónica de la Agencia Tributaria te ofrecen una forma más cómoda y directa de recibir las notificaciones y la información vinculada a los servicios en los que estés suscrito. Es una forma de tener esta información centralizada y más controlada y, sobre todo, de ahorrar tiempo y recursos en poder responder a notificaciones hacienda.